Ciudadanía por matrimonio entre españoles y argentinos
Casarte con un argentino da acceso a residencia temporaria, no a ciudadanía inmediata. Plazos para obtener la nacionalidad argentina o española en 2026.

Si te casas con una persona argentina y quieres vivir con ella en Argentina, el matrimonio te abre la vía de residencia temporaria por reunificación familiar: dura hasta tres años y se puede prorrogar. La vía ordinaria exige dos años de residencia legal y continua, sin salidas según el DNU 366/2025. La Cámara Nacional Electoral declaró nulo ese decreto el 30 de junio de 2026 en otro caso; la Corte Suprema no se ha pronunciado y los abogados discrepan sobre el alcance. Antes de presentar, confirmad si corresponde acudir a la justicia federal electoral o a Migraciones. Casarse por sí solo no convierte a nadie en ciudadano.
En dirección contraria, tu cónyuge argentino puede solicitar la nacionalidad española cuando haya residido legalmente un año en España y lleve un año casado contigo sin separación. Es un plazo abreviado respecto de los dos años que se exigen, en general, a los nacionales de origen de países iberoamericanos. Para entender qué plazo empieza a correr, hay que distinguir la residencia en el país donde vais a vivir del procedimiento posterior de nacionalidad.
Vivir en Argentina como cónyuge de un argentino
Desde el DNU 366/2025, el vínculo con un argentino nativo, naturalizado o por opción da acceso a residencia temporaria por reunificación familiar, conforme al artículo 23, inciso ñ, de la Ley 25.871. Antes permitía obtener directamente la residencia permanente. La temporaria admite entradas y salidas del país y tiene una duración máxima de tres años, prorrogable.
Para pasar a la residencia permanente por arraigo, el plazo previsto para personas de países no MERCOSUR es de tres años de residencia temporaria. Debes haber pasado al menos la mitad de ese tiempo en Argentina y evitar ausencias de seis meses seguidos o más. La solicitud inicial se presenta estando en Argentina mediante RADEX; mientras se resuelve, la residencia precaria permite vivir, trabajar y viajar legalmente.
El expediente de reunificación reúne pruebas de identidad, del matrimonio y de la residencia. Entre los documentos necesarios figuran:
- Pasaporte español vigente y DNI del cónyuge argentino.
- Partida de matrimonio apostillada. Si os casasteis en España, sirve el certificado español con apostilla de La Haya y, al estar en castellano, no necesita traducción.
- Certificado argentino de antecedentes penales del Registro Nacional de Reincidencia, que RADEX incorpora automáticamente.
- Antecedentes de cada país donde hayas vivido más de un año en los últimos tres. El certificado español se obtiene del Ministerio de Justicia con Cl@ve o certificado digital y necesita apostilla.
- Acreditación de domicilio en Argentina y prueba de ingreso regular al país.
En septiembre de 2026 la tasa de residencia para no MERCOSUR era de 100 UMSM, equivalentes a ARS 100.000 (unos US$66); el primer DNI costaba ARS 20.000 (unos US$13).
Cuándo se pide la ciudadanía argentina
La Ley 346 exige dos años de residencia para pedir la carta de ciudadanía argentina. El DNU 366/2025 había trasladado la decisión a Migraciones y establecido dos años de residencia legal sin ninguna salida del país. El 30 de junio de 2026, en el caso Yang, la Cámara Nacional Electoral anuló esa parte del decreto: señaló que la ciudadanía confiere derechos políticos y que la Constitución prohíbe regular materia electoral mediante DNU. Comunicó el fallo a Migraciones y a los jueces federales electorales del país.
Tras esa resolución, la solicitud vuelve a presentarse al juez federal con competencia electoral del domicilio. Los expedientes iniciados en Migraciones pueden pasar al juzgado correspondiente; la Corte Suprema todavía podría revisar la sentencia. El fallo importa también para quien ya había empezado el trámite bajo el sistema del decreto.
Adquirir la nacionalidad argentina permite conservar la española de origen: el artículo 24 del Código Civil español dispone que la adquisición de una nacionalidad iberoamericana no basta para perderla. El Protocolo de 2001 al Convenio de Nacionalidad de 1969 reconoce el derecho a tener y renovar los pasaportes de ambos países a la vez. Para actos con efectos jurídicos en el país de la nueva nacionalidad se aplica la ley de ese país.
El camino del cónyuge argentino en España
Para empezar a contar el año de residencia legal exigido por el artículo 22.2.d del Código Civil, el cónyuge argentino necesita su autorización de residencia en España. Desde el 20 de mayo de 2025, el trámite correspondiente es la residencia temporal de familiar de persona de nacionalidad española, regulada en los artículos 93 a 95 del Real Decreto 1155/2024. Requiere convivencia, que el cónyuge sea mayor de 18 años y que el matrimonio siga vigente y no sea fraudulento. La autorización permite trabajar por cuenta ajena o propia en toda España sin otro permiso.
Al presentar la nacionalidad, deben haberse cumplido tanto un año de residencia legal continuada e inmediatamente anterior a la solicitud como un año de matrimonio sin separación legal ni de hecho. También se exige buena conducta cívica y suficiente integración. La pareja de hecho no da acceso al plazo abreviado de nacionalidad por matrimonio, aunque la residencia de familiar de español admite, entre otros supuestos, a una pareja no casada inscrita en un registro público de un país de la UE, del EEE o de Suiza.
Vivir juntos en Argentina normalmente no cuenta como residencia legal en España para obtener la nacionalidad española. El Código Civil contempla una excepción para el cónyuge que convive en el extranjero con un funcionario diplomático o consular español acreditado: se le considera residente legal en España.
Examen, solicitud y plazos de la nacionalidad española
El cónyuge argentino realiza la prueba CCSE de conocimientos constitucionales y socioculturales del Instituto Cervantes. En 2026 la inscripción costaba 85 € e incluía dos intentos; los nacionales argentinos están exentos del examen DELE A2. La tasa 790, código 026, era de 104,05 € y no se devolvía si la solicitud era denegada.
La solicitud se presenta telemáticamente en la sede electrónica del Ministerio de Justicia mediante certificado digital o Cl@ve y AutoFirma. El borrador se conserva durante dos meses antes de borrarse. El Ministerio debe resolver en un año; transcurrido ese plazo sin respuesta, la solicitud se entiende denegada y queda abierta la vía contencioso-administrativa, igual que ante una denegación expresa. El estado del expediente puede consultarse en línea.
Concedida la nacionalidad, hay 180 días desde la notificación para la jura o promesa de fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y las leyes, seguida de la inscripción en el Registro Civil. El argentino que adquiere la nacionalidad española no tiene que renunciar a la argentina conforme al artículo 23 del Código Civil.
Si os casasteis en Argentina, la inscripción española
Un matrimonio celebrado en Argentina debe inscribirse en el Registro Civil español para que produzca plenos efectos civiles en España. En la demarcación de Buenos Aires lo tramita gratuitamente el Consulado General; si ambos vivís ya en España, puede hacerse en el Registro Civil del domicilio. Cualquiera de los dos cónyuges puede solicitarlo, y el consulado entrega después un certificado literal de matrimonio español.
La cita consular se pide en cgeonline.com.ar. Si todavía no ha transcurrido un año desde la boda, deben acudir ambos; para preparar la inscripción se requieren:
- Certificado literal de matrimonio argentino, apostillado y con un máximo de tres meses de antigüedad.
- Hoja declaratoria de datos y declaración jurada de estado civil del consulado.
- Pasaporte español vigente y pasaporte del cónyuge extranjero, ambos con copias.
- Alta del cónyuge español en el Registro de Matrícula Consular, como residente o no residente, y certificados literales de nacimiento de los dos.
Si uno de los cónyuges era español y hubo un divorcio anterior dictado fuera de España, antes de inscribir el matrimonio hace falta el exequátur en España. Esta inscripción deja constancia civil española del vínculo que se utilizará en los trámites posteriores.
Preguntas Frecuentes
¿Casarme con una persona argentina me da la ciudadanía?
No. El matrimonio permite pedir residencia por reunificación familiar, pero la naturalización ordinaria exige dos años de residencia legal y continua según el DNU 366/2025. Tras el fallo del 30 de junio de 2026, y con la Corte Suprema pendiente, confirmad con un abogado si corresponde presentar ante la justicia federal electoral o Migraciones.
¿Puedo conservar las nacionalidades española y argentina?
Sí. El artículo 24 del Código Civil español permite conservar la nacionalidad española de origen al adquirir la argentina, y el argentino que adquiere la española está exento de renunciar a la suya por el artículo 23.
¿El cónyuge argentino hace tanto el CCSE como el DELE?
Hace el CCSE, que en 2026 costaba 85 € e incluía dos intentos. Como nacional argentino está dispensado del DELE.
¿Qué pasa si tarda más de un año la respuesta a la solicitud española?
Transcurrido un año sin resolución del Ministerio de Justicia, la solicitud se entiende denegada. Se puede acudir a la vía contencioso-administrativa.
¿Puede mi cónyuge argentino solicitar la nacionalidad española desde Argentina?
Por la vía del matrimonio necesita un año de residencia legal en España. La excepción corresponde al cónyuge que vive fuera con un funcionario diplomático o consular español acreditado.
¿Sirve una pareja de hecho para el plazo de un año?
El plazo abreviado del artículo 22.2.d exige matrimonio. La residencia de familiar de español sí contempla determinadas parejas no casadas registradas en la UE, el EEE o Suiza.
Fuentes y Enlaces Oficiales
- Argentina.gob.ar: residencia temporaria por reunificación familiar— Artículo 23 ñ tras el DNU 366/2025, documentos, RADEX y vigencia de hasta tres años.
- La Nación: la Cámara Nacional Electoral anula el DNU 366/2025— Fallo del 30 de junio de 2026 que devuelve la ciudadanía a los jueces federales.
- DNU 366/2025 (texto original)— Nuevo inciso ñ del artículo 23 de la Ley 25.871 y la redacción anulada del artículo 2 de la Ley 346.
- BOE: Código Civil— Artículos 22 (un año por matrimonio), 23 (jura y renuncia) y 24 (conservación de la nacionalidad española).
- BOE: Real Decreto 1004/2015— CCSE obligatorio, dispensa del DELE para argentinos y plazo máximo de un año.
- Consulado General de España en Buenos Aires: matrimonios— Documentos, cita y gratuidad de la inscripción de un matrimonio celebrado en Argentina.
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