Residencia de inversionista en Argentina para españoles: qué exige el decreto y qué no es
La residencia de inversionista pide un proyecto productivo, comercial o de servicios que Migraciones evalúa; el decreto imprime un mínimo nominal de ARS 1.500.000, de 2010. No es la ciudadanía por inversión.

La residencia de inversionista es una categoría de residencia temporaria que exige un proyecto de inversión productiva, comercial o de servicios de interés para Argentina. El Decreto 616/2010 imprime «un mínimo de PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL ($ 1.500.000)», pero es una cifra nominal de 2010: no sirve como presupuesto realista de un proyecto, y lo que valora Migraciones es el proyecto, no el importe.
Si lo que buscáis es la nacionalidad y no solo residir, el camino es otro: la ciudadanía por inversión es una naturalización y no se alcanza desde esta residencia (véase la guía de la ciudadanía por inversión para españoles).
Qué exige el decreto
La categoría figura en el artículo 23 de la Ley 25.871 y se reglamenta en el artículo 23, inciso d), del Decreto 616/2010. Las fichas oficiales de Migraciones publican por separado la versión para nacionales del MERCOSUR y países asociados y la del resto de nacionalidades, y no siempre con la misma letra de inciso: citad el artículo 23 de la ley y el artículo 23 d) del decreto, sin dar por hecha una letra única.
Según el decreto:
- Quien solicita presenta ante Migraciones el proyecto de inversión.
- Debe acreditar el origen y la legalidad de los fondos y su ingreso al país por medio de bancos o entidades financieras autorizadas por el BCRA.
- El decreto nombra al Ministerio de Industria y Turismo para analizar el proyecto y su plazo de ejecución y elaborar un dictamen no vinculante sobre la naturaleza de la inversión, su viabilidad legal y su sustentabilidad económico-financiera.
- Migraciones concede la residencia temporaria y fija un plazo perentorio para concretar la inversión.
Esta guía no da plazos de resolución: no hemos encontrado ninguno publicado en una fuente oficial. Tampoco damos importes en dólares ni en euros, porque la norma solo imprime la cifra en pesos de 2010.
Qué no cuenta
Comprar una vivienda, o tener depósitos bancarios o valores, no figura como requisito de esta residencia en ninguna fuente oficial que hayamos revisado. No existe una «golden visa» inmobiliaria argentina. Si veis un mínimo legal en dólares presentado como regla de esta categoría, no sale del decreto, que solo imprime la cifra en pesos.
El texto del decreto tampoco menciona una forma societaria concreta. Si lo que queréis es comprar un negocio en marcha, la guía del fondo de comercio explica el procedimiento legal y qué se transmite con él; que ese negocio encaje como proyecto de inversión lo valora después Migraciones.
No confundir cuatro cosas
| Vía | Qué es | Importe |
|---|---|---|
| Residencia de inversionista | Categoría de residencia temporaria (Ley 25.871, art. 23; Decreto 616/2010, art. 23 d). No da la ciudadanía | Mínimo nominal de ARS 1.500.000, cifra de 2010; Migraciones valora el proyecto |
| Ciudadanía por inversión | Naturalización (Ley 346, arts. 2 y 2 bis, y Decreto 524/2025). No es una categoría de residencia | 350.000 US$ al Tesoro o bono de 800.000 US$, más aportes familiares; anunciada el 2 de octubre de 2026 |
| Naturalización ordinaria | Ciudadanía tras dos años de residencia legal y continua, sin salidas, desde el DNU 366/2025; mismo cuestionamiento judicial | No exige inversión |
| RIGI | Incentivos para grandes proyectos de empresas; no es una vía migratoria | Umbral de 200 millones de US$ por proyecto |
Tener la residencia de inversionista no la convierte en ciudadanía por inversión, que sigue su propio procedimiento.
Si queréis residir mientras montáis el negocio
La de inversionista no es la única categoría con la que se puede vivir en Argentina mientras se emprende. La de rentista se basa en ingresos pasivos del exterior y la de nómada digital en el trabajo remoto para el exterior; cada una exige acreditar cosas distintas, y los requisitos vigentes están en la ficha oficial de Migraciones. España no es Estado parte ni asociado del MERCOSUR, así que los españoles no se acogen a la categoría de nacionalidad MERCOSUR.
Antes de mover dinero
- Pedid a un abogado argentino que lea el decreto y la ficha vigente de Migraciones aplicada a vuestro caso.
- Armad un proyecto con un presupuesto realista; la cifra de 2010 no lo es.
- Reunid la prueba del origen de los fondos y moved el dinero por el sistema bancario formal: el decreto exige que entre por bancos o entidades autorizadas por el BCRA, y el efectivo no deja ese rastro documental.
Ciudadanía por inversión: situación a 4 de octubre de 2026
El 2 de octubre de 2026 el Ministerio de Economía anunció dos opciones para el solicitante principal, un aporte no reembolsable de 350.000 US$ al Tesoro Nacional o la suscripción de un bono público de 800.000 US$, más aportes por el cónyuge y los hijos. Dijo que el programa recibirá solicitudes durante el cuarto trimestre de 2026, sin fecha, portal ni formulario publicados. A 4 de octubre de 2026 no hemos encontrado en el Boletín Oficial ninguna resolución de desarrollo con importes, tasas o condiciones del bono. El programa descansa en el DNU 366/2025, que la Cámara Nacional Electoral declaró nulo el 30 de junio de 2026 en otro caso; la Corte Suprema no se ha pronunciado y los abogados discrepan sobre el alcance del fallo. Comprar una vivienda no figura entre las opciones anunciadas. La guía de la ciudadanía por inversión detalla costes, familia y riesgo jurídico. Para preparar una solicitud de este programa recomendamos el servicio de ciudadanía por inversión de Lucero Legal, un despacho de Buenos Aires especializado en inmigración y ciudadanía.
Preguntas Frecuentes
¿Cuál es el mínimo para la residencia de inversionista?
El Decreto 616/2010 imprime ARS 1.500.000. Es una cifra nominal de 2010 que, hasta donde hemos podido comprobar, ninguna norma ha actualizado, y no es un presupuesto realista de proyecto: Migraciones valora el proyecto, no el importe.
¿Hace falta constituir una sociedad argentina?
El texto del decreto no menciona una forma societaria concreta. Pide un proyecto de inversión, la prueba del origen y la legalidad de los fondos y su ingreso por bancos o entidades autorizadas por el BCRA.
¿Sirve comprar un piso para obtener la residencia?
No consta. Ninguna fuente oficial revisada incluye la compra de una vivienda, ni tener depósitos o valores, como requisito de la residencia de inversionista. Tampoco figura la vivienda entre las opciones anunciadas de ciudadanía por inversión (aporte al Tesoro o bono).
¿La residencia de inversionista lleva a la ciudadanía por inversión?
No. La residencia de inversionista es una categoría de residencia temporaria; la ciudadanía por inversión es una naturalización con su propio procedimiento y no se obtiene convirtiendo esa residencia.
¿Está abierta la ciudadanía argentina por inversión?
Todavía no. El 2 de octubre de 2026 se anunciaron un aporte de 350.000 US$ al Tesoro o un bono de 800.000 US$, y el Ministerio de Economía prevé recibir solicitudes en el cuarto trimestre de 2026, sin fecha. A 4 de octubre de 2026 no hemos encontrado resolución de desarrollo en el Boletín Oficial, y el DNU 366/2025 que sostiene el programa está cuestionado en los tribunales.
¿Cuánto tarda la resolución de la residencia de inversionista?
No damos plazo: no hemos encontrado ninguno publicado en una fuente oficial para esta categoría.
Fuentes y Enlaces Oficiales
- Decreto 616/2010, texto (argentina.gob.ar)— Art. 23 inc. d): inversión productiva, comercial o de servicios, mínimo de ARS 1.500.000, proyecto ante Migraciones, origen de fondos, ingreso por entidades autorizadas por el BCRA, dictamen no vinculante y plazo perentorio.
- DNU 366/2025, texto (argentina.gob.ar)— Ley 346, arts. 2 y 2 bis: naturalización por inversión relevante; no crea ni modifica una categoría de residencia de inversionista.
- Decreto 524/2025 (Boletín Oficial, 31 de julio de 2025)— Procedimiento de la ciudadanía por inversión: Agencia, Migraciones en 30 días hábiles y CUIT. No fija importes ni sectores.
- Ministerio de Economía: puesta en marcha del Programa de Ciudadanía por Inversión (2 de octubre de 2026)— Importes anunciados y solicitudes previstas en el cuarto trimestre de 2026.
- La Nación: lanzan un programa de ciudadanía por inversión (2 de octubre de 2026)— Importes anunciados y solicitudes previstas en el cuarto trimestre de 2026.
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